¿Podría ir preso?: Estas son las penas que arriesga Pailita tras formalización

Tras su formalización por amenazas a Carabineros, dos expertos dieron a conocer las posibles penas que Pailita se enfrentaría.

Pailita Penas
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El lunes 15 de mayo, Pailita se volvió el centro de la noticia tras su detención por transitar sin la patente en su auto. Situación que desencadenó una dura discusión con Carabineros, la que terminó con el artista y su asistente detenidos.

En horas de la tarde, el joven, cuyo nombre real es Carlos Javier Raín Pailacheo, lo formalizaron por el delito de amenazas. Quedando con las medidas cautelares de prohibición de acercarse a las víctimas, firma mensual y arraigo nacional, durante los 60 días que dure la investigación.

Frente a esta situación, es que desde Radio ADN, conversaron con dos abogados especialistas en derecho penal, Rodrigo Rettig y Agustín Walker. Con el fin de conocer las penas que podrían arriesgar tanto Pailita com su asistente, al que formalizaron por lesiones leves.

Las penas que podría arriesgar Pailita

«El que cometió lesiones leves su pena puede ir de 61 a 540 días. El que cometió amenazas puede cumplir la pena de 61 días a tres años. Lo interesante de constatar es que aquel que cometió el delito de lesiones leves, no puede ser acogido al cumplimiento en libertad, referido a la ley 18.216″ comienza señalando Rettig.

Por su parte, Rodrigo Walker menciona algo bastante similar a lo expuesto por su colega. «Si lo que se le imputa es un delito de amenazas, lo que debiera aplicarse es la norma del artículo 417 del Código de Justicia Militar, que sanciona justamente esa amenaza con una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio. Es decir, una pena que va desde los 61 días hasta los tres años».

«En el caso de que acredite esa amenaza, que de todas formas tiene que ser seria, verídica, suficiente, etcétera, para cumplir con los requisitos. Esa norma no fue modificada por la ley Naín-Retamal, sino que la ley lo que hizo fue extender esa protección del delito de amenazas a funcionarios policial a otros miembros de la fuerza armada» continúa.

Para cerrar, se refirió a la pena que arriesgaría el asistente de Pailita. «Si lo que se le imputa es un delito de lesiones leves, es el del artículo 416 bis del Código de Justicia Militar que sanciona justamente ese maltrato de obra, esa agresión a Carabineros de Chile, con una pena de presidio menor en su grado mínimo».


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