Confirman fecha de votación en el Senado para el cuarto retiro

Tras varios días de discusión, finalmente se llegó a un acuerdo para establecer la fecha en que el Senado votara el proyecto.

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Agencia Uno

Costó pero al final salió, ya que durante la tarde de este miércoles los comités y la mesa del Senado acordaron citar a una sesión especial a la Sala para votar en general el proyecto por el polémico cuarto retiro del 10% de los fondos de pensiones.

Es de esta forma que la fecha elegida para llevar a cabo el debate sobre el cuarto retiro de los fondos de las AFP quedó listo para el próximo martes 9 de noviembre. Por lo que no se discutirá hoy ni tampoco durante esta semana el proyecto, poniéndose en tabla para el martes de la próxima semana durante la mañana.

Según lo consignado por Agencia Uno, Ximena Rincón, presidenta del Senado, señaló que «vamos a mantener lo que habíamos dicho el día de ayer, el día lunes 8 (de noviembre) vamos a citar a sesión especial de 15.30 a 19.30 para iniciar el debate».

«Nosotros suponemos que nos va a llegar el día jueves o viernes al Senado, y ustedes saben van a estar corriendo los plazos constitucionales para despachar la Ley de Presupuesto, vamos a poner además plazo de indicaciones el lunes hasta las 14.00 horas la Ley de Presupuesto para poder procesarla y tramitarla» agregó sobre el cuarto retiro Rincón.

Siguiendo por esta línea, la presidenta del Senado afirmó que el día martes «va a haber sesión especial de 09.00 a 13.30 de la mañana para ver el cuarto retiro».

Así llega el proyecto por el cuarto retiro al Senado

1.- Topes:

Como en los precedentes tres retiros, el tope máximo es de 150 UF (poco más de cuatro millones y medio de pesos. Y el mínimo continúa en 35 UF (algo más de un millón de pesos).

Quienes tienen menos de 35 UF en su cuenta de capitalización pueden retirar la totalidad de los fondos que les queden, y después pedir el denominado Bono Cargo Fiscal.

2.- Rentas vitalicias:

Los pensionados por rentas vitalicias también podrán pedir un adelanto del 10% de su pensión, con un tope de 150 UF.

La Comisión para el Mercado Financiero dictará las instrucciones necesarias para la aplicación de esta disposición, con consulta previa a la Superintendencia de Pensiones.

3.- Enfermedades catastróficas:

Quienes se vean afectados por estas dolencias podrán acceder al cuarto retiro por medio de una indicación aprobada en la Comisión de Constitución de los diputados.

El máximo fijado en estas situaciones es de 1.350 UF (cerca de 41 millones de pesos).

¿Qué pasa con los impuestos?

4.- Pensiones alimenticias:

Se mantiene la retención de fondos para los deudores de pensiones alimenticias.

Cada AFP deberá efectuar la transferencia por deudas alimentarias en un plazo no superior a diez días hábiles, contado desde que es notificada.

Si la AFP no cumple será sancionada con una multa de beneficio fiscal por parte de la Superintendencia de Pensiones.

5.- Plazo de cobro:

Este cuarto retiro puede ser cobrado en un plazo de 730 días, o sea dos años. Eso lo diferencia de los otros rescates, que tuvieron un plazo de un año.

6.- Impuestos:

No hay pago de impuestos, como pedían algunos diputados para quienes ganan desde 3,6 millones de pesos mensuales (Matías Walker) o desde 2,5 millones de pesos mensuales (Gabriel Boric).


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