En Chile son muchas las familias que hacen malabares para poder llegar a fin de mes. Las razones son varias, pero un factor que afecta en esto es la cesantía de algún miembro familiar.
El desempleo es un problema real, por lo mismo, en La Más Querida de Chile traemos un listado detallado con los bonos y beneficios a los que puedes acceder si te encuentras sin pega.
Estos son los requisitos en detalle para acceder a los beneficios y bonos para cesantes
Actualmente, en Chile existen cuatro bonos y beneficios destinados a personas que están desempleadas. Para acceder, es necesario cumplir con ciertos requisitos, los cuales te detallamos a continuación.
Subsidio de cesantía
En primer lugar, tenemos el subsidio de cesantía. Está destinado a quienes no reúnen los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía. Lo otorga el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede entregarse por un periodo de hasta 360 días.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
- Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
Indemnización por término de contrato
En segundo lugar, está la indemnización por término de contrato. Esta alternativa puede complementar o sustituir la indemnización legal por años de servicio y el Seguro de Cesantía. Puede pactarse con el empleador una vez cumplidos siete años de trabajo continuo, convirtiéndose en una indemnización “a todo evento”, garantizando su pago sin importar la causa del despido.
Cabe destacar que, desde el 1 de diciembre de 2023, se aplicaron modificaciones a los beneficios para personas desempleadas. Si tu solicitud fue rechazada anteriormente, ahora puedes postular nuevamente. Y si ya estás recibiendo este apoyo, es posible que notes ajustes en los montos si tienes pagos programados después de esa fecha.
Fondo de cesantía solidario
Para el tercer puesto, llegamos con el Fondo de cesantía solidario. Este beneficio está dirigido a personas desempleadas que no tienen fondos suficientes en su Seguro de Cesantía o que ya han agotado su saldo y aún no logran reinsertarse en el mercado laboral. Para acceder a este apoyo, es clave cumplir con ciertos requisitos.
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.
Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.
Seguro de cesantía
Este beneficio está dirigido a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Está pensado principalmente para quienes han trabajado con contrato, ya que cada mes se descuenta un porcentaje de su sueldo para financiar este seguro.
A continuación, los requisitos que debes cumplir para acceder a este beneficio:
- Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
Si se cumplen los requisitos establecidos, el retiro del dinero podrá realizarse mediante giros mensuales, calculados en función del sueldo percibido durante los últimos 12 meses. En ese contexto, los porcentajes aplicables son los siguientes:
- 70% primer mes.
- Segundo mes 60%
- Tercer mes 45%
- Cuarto mes 40%
- Quinto mes 35%
- Sexto mes o más 30%.
Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link.
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