Plebiscito de Salida ¿A qué hora se termina la Ley Seca?

Estamos a nada de que comience el conteo de votos por el Plebiscito de Salida, así que te contamos qué pasa con la Ley Seca.

Plebiscito Ley Seca
Agencia Uno

La jornada de este domingo 4 de septiembre se realizó la elección por el Plebiscito de Salida, sin duda una de las más importantes para nuestro país. Pues los chilenos y chilenas se acercaron hasta las urnas para elegir si aprobar o rechazar la propuesta de la Nueva Constitución.

Y a diferencias de otras oportunidades, esta votación es de carácter obligatorio, por lo mismo que todos los residentes con derecho a voto debían acercarse a las urnas para elegir por una de las opciones, o presentar una excusa si es que presentaban una de las que son válidas.

Es por esto que son varios los que pueden estar medios perdidos con el tema de las normas que se deben seguir en este importante día, siendo una de estas la Ley Seca que actualmente está rigiendo. Así que en tu Radio Corazón te contamos cuándo es que se termina.

¿Cuándo termina la Ley Seca?

De acuerdo a lo establecido por el artículo 116 de la Ley 18.700, respecto a la Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, no se podrá vender bebidas alcohólicas «entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación».

En resumen, esto significa que todos aquellos locales dedicados a la venta de licores no podrán vender sus productos desde las 05.00 horas del domingo 4 de septiembre. Esto hasta las 20:00 horas de ese mismo día.

«El día de la elección o plebiscito, entre las cinco horas de la mañana. Y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él. Exceptuándose solo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos”, señala el mencionado artículo.

Y en caso que alguno de los locales que venda bebidas alcohólicas incumpla con esta ley, las fuerzas de orden público pueden hacer valer las normas de inmediato, según consigna Radio ADN.

«La fuerza encargada del orden público dispondrá la clausura de los recintos en que se infringiere esta disposición» señala el artículo en cuestión.


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