Revisa los requisitos para acceder al bono ‘Dueña de Casa’ o de protección

Este bono conocido como "Dueña de Casa", corresponde a uno de los beneficios que otorga el subsistema Chile Seguridades y Oportunidades.

AFP pensión alimenticia Bono

El Bono Protección 2020, también conocido como Bono ‘Dueña de Casa’, corresponde a uno de los beneficios entregados por el Estado a los sectores más vulnerables del país, apoyando con un monto mensual a las familias durante un plazo de dos años, enfocado en todos los usuarios y usuarias de Chile Seguridades y Oportunidades.

Hay que mencionar que este bono se entrega de manera automática en cuotas, durante 24 meses, además de que no es necesario postular.

Requisitos para acceder al Bono Protección

Como único requisito se tiene que haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención. Acciones que una vez realizadas, gatillan directamente la gestión y posterior pago del bono de protección, el que inicia en una fecha próxima a las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial (APS).

Montos del Bono de Protección

El monto mensual a pagar por hogar o persona usuaria, es diferenciado en el tiempo, dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS), de acuerdo a los siguientes tramos (valores para el año 2020):

  • Los primeros 6 meses el bono asciende a $17.970.
  • Desde el mes 7 al mes 12, el bono es de $13.676.
  • Desde el mes 13 al mes 18 el bono es de $9.402.
  • Desde el mes 19 al 24 el bono es de $13.155 (valor corresponde a monto SUF).

Estos valores se reajustan el 1 de febrero de cada año, en el 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

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¿Cómo se cobra este bono?

La familia o persona participante de Chile Seguridades y Oportunidades debe elegir el método en que recibirá y cobrará el bono de protección, que puede ser a través de:

  • Depósito electrónico en la cuenta bancaria del cobrador de la familia, o en CuentaRUT que abre el Ministerio de Desarrollo Social, sin costo para el usuario. Para la modalidad de pago bancario se aplica un subsidio equivalente a 700 pesos mensuales que permite al usuario realizar dos giros mensuales y emitir una cartola bancaria.
  • Pago presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de BancoEstado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir, con su cédula de identidad, el usuario o el representante de la familia que cobra el resto de los beneficios familiares.

En el caso de aquellos que elijan como medio de pago la modalidad presencial, el plazo para el cobro es de 6 meses, tiempo después del cual se entiende que el participante renuncia a este beneficio.

Mientras que los participantes que elijan la modalidad de depósito electrónico (pago bancario), no existe plazo ya que el pago, una vez emitido, es transferido directamente a la cuenta bancaria del usuario.

¿Quién puede cobrarlo?

De acuerdo al sitio web del ministerio, existen seis tipos de prioridades para quienes reciben el aporte mencionado, siendo principalmente mujeres:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.


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