¡Ojo al charqui! Te contamos los detalles para postular al bono Bodas de Oro

Atención las parejas que vayan a cumplir 50 añitos de casados, que pueden recibir este bono que incluso incluye a los viudos.

Bono Bodas De Oro
Agencia Uno

No cabe duda que es un gran logro llegar a los 50 años de casados, por lo mismo que el Gobierno nuevamente tiene a disposición el bono Bodas de Oro para todos aquellos que celebren esta importante fecha juntitos.

Hay que señalar que este más que bienvenido aporte económico puede alcanzar hasta los $337.847, dinerito que se entregará todo de una vez y que se divide en partes iguales para los tortolitos que lo soliciten.

Junto con esto es importante recordar que todas las parejas que celebren sus Bodas de Oro pueden acceder a este bono, y tienen hasta un año después de haber cumplido los 50 añitos para postular.

Eso sí, a raíz de la pandemia por el coronavirus, todos los que festejaron su aniversario entre el 8 de febrero al 2 de julio del 2021, tienen hasta el 01 de julio del 2022 para presentar sus solicitudes.

Lo que necesitas para postular al bono

Ahora vamos a lo importante, ya para postular al Bono Bodas de Oro hay que hacerlo a través de Chile Atiende. A través de este medio puede hacerse online con la atención de alguno de los ejecutivos/as. También se puede asistir de forma presencial a cualquiera de los centros a lo largo del país.

Para hacer este trámite, se tiene que tener a mano la cédula de identidad, además de los datos bancarios para hacer el depósito del dinero.

Estos son los requisitos para postular

Cónyuges que:

  • No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
  • Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
  • Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
  • Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Las personas viudas tendrán derecho al bono en los siguientes casos:

  • Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono.
  • Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida formará parte de su herencia.


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