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Poder judicial tendrá trámite fácil para retención de pensiones alimenticias adeudadas

Desde este jueves se pueden enviar las solicitudes a las administradoras para el proceso del retiro del 10% de los fondos de las AFP.

Camila Pino |

AFP Bono Clase Media

Recientemente desde el Poder Judicial se anunció que tendrán disponible un trámite fácil para la retención de pensiones de alimentos adeudadas en lo relativo a la ley de retiro del 10% de las AFP.

Por medio de un comunicado señalaron que «las solicitudes de liquidación por pensiones adeudadas para efectos de retención del 10% de la AFP, deberán realizarse en la causa de familia vigente, esto es, donde se está tramitando su cumplimiento. El cumplimiento de pensiones reguladas por mediación se tramita en causa Z ordenada abrir al efecto».

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«La revisión de la tramitación de sus causas, para asegurar sobre cuál se debe solicitar la liquidación, lo puede hacer en la Oficina Judicial Virtual, sección Mis Causas, pestaña de Familia. Se dispondrá de un trámite fácil una vez que entre en vigencia la ley», explicaron.

Hay que recordar que el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, dio a conocer que a partir de este jueves 30 de julio se podrán enviar las solicitudes a las administradoras para el proceso de retiro de fondos.

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