La cesantía es un problema que está presente en muchas familias. No tener un ingreso fijo es complicado, y muchas veces la incertidumbre se apodera de las personas sin trabajo.
Es por esto que, en Radio Corazón, llegamos con un listado detallado sobre los bonos y beneficios para cesantes en este 2025.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a los bonos y beneficios para personas desempleadas?
En Chile, actualmente hay cuatro bonos y beneficios dirigidos a quienes se encuentran sin empleo. Para obtenerlos, es necesario cumplir con determinados requisitos, que te explicamos a continuación.
Subsidio de cesantía
El primer beneficio es el subsidio de cesantía, dirigido a quienes no cumplen los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía. Este aporte, entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS), puede otorgarse por un máximo de 360 días.
Estos son los requisitos que se deben cumplir:
- Contar con, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema. Dentro de los dos años previos a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda dependiendo del lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo previo al 2 de octubre de 2022 (si fue firmado después, el cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
Indemnización por término de contrato
En segundo lugar, se encuentra la indemnización por término de contrato. Esta opción puede complementar o reemplazar la indemnización legal por años de servicio y el Seguro de Cesantía. Se puede acordar con el empleador tras cumplir siete años de trabajo continuo, transformándose en una indemnización “a todo evento”, lo que asegura su pago sin importar el motivo del despido.
Cabe destacar que, desde el 1 de diciembre de 2023, se aplicaron modificaciones a los beneficios para personas desempleadas. Si tu solicitud fue rechazada anteriormente, ahora puedes postular nuevamente. Y si ya estás recibiendo este apoyo, es posible que notes ajustes en los montos si tienes pagos programados después de esa fecha.
Fondo de cesantía solidario
En tercer lugar, está el Fondo de Cesantía Solidario, un beneficio destinado a personas desempleadas que no cuentan con fondos suficientes en su Seguro de Cesantía o que ya han agotado su saldo y aún no han logrado reinsertarse en el mercado laboral. Para acceder a este apoyo, es fundamental cumplir con determinados requisitos.
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía para recibir un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes establecidos en la ley.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido. Estas deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
- Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato de trabajo que haya finalizado por vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que ofrece la plataforma.
Si es que se cumple con lo anterior, el bono se entrega durante cinco meses si es que se trabajó con contrato indefinido. Por otro lado, si es que existe un contrato a plazo fijo, estos serán tres. La postulación se realiza a través del siguiente link.
Seguro de cesantía
Este beneficio está destinado a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que cuentan con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Está orientado principalmente a quienes han trabajado bajo contrato, pues cada mes se descuenta un porcentaje de su remuneración para financiar este seguro.
Estos son los requisitos que debes cumplir para acceder a los beneficios:
- Cesantía: Se debe comprobar, mediante finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro, hasta el mes de término de la relación laboral.
Si se cumplen los requisitos establecidos, el retiro del dinero podrá realizarse mediante giros mensuales, calculados en función del sueldo percibido durante los últimos 12 meses. En ese contexto, los porcentajes aplicables son los siguientes:
- 70% primer mes.
- Segundo mes 60%
- Tercer mes 45%
- Cuarto mes 40%
- Quinto mes 35%
- Sexto mes o más 30%.
Te recordamos que la postulación la puedes hacer a través del siguiente link.
